Las Unidades de Intervención son ORGÁNOS MÓVILES DE SEGURIDAD PÚBLICA con la misión de actuar en todo el territorio nacional, principalmente en los supuestos de prevención y de peligro inminente o de grave alteración de la seguridad ciudadana.
Funciones U.I.P.
El artículo primero del REAL DECRETO 1668/89, de 29 de diciembre, por el que se crean las Unidades de Intervención Policial, enumera las funciones generales de las Unidades de Intervención Policial:
a) Colaboración en la protección de SS. MM. los Reyes de España y altas personalidades nacionales y extranjeras.
b) Prevención, mantenimiento y restablecimiento, en su caso, de la seguridad ciudadana.
c) Intervención en grandes concentraciones de masas, reuniones en lugares de tránsito público, manifestaciones y espectáculos públicos.
d) Actuación y auxilio en caso de graves calamidades o catástrofes públicas.
e) Actuación en situaciones de alerta policial declarada, bien por la comisión de delitos de carácter terrorista o de delincuencia común y establecimiento de controles y otros dispositivos policiales.
f) Protección de lugares e instalaciones en los supuestos en que así se determine.
g) Intervención en motines y situaciones de análoga peligrosidad.
Los grupos Parlamentarios del congreso de los Diputados, acuerdan introducir el 'mobbing' como "falta grave" en el nuevo Régimen Disciplinario de la Policía.
Los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados acordaron hoy introducir la figura del acoso laboral, conocido como 'mobbing', que será sancionado como una falta "grave" dentro Proyecto de Ley Orgánica del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, que el próximo día 17 aprobará la Comisión de Interior, informaron a Europa Press fuentes parlamentarias.
Durante la reunión de hoy en la Ponencia de la Comisión de Interior, los grupos acordaron como principal novedad introducir el 'mobbing' como un elemento a sancionar de cara al futuro tal y como defendieron varios partidos en sus enmiendas, pero además negociaron añadir a la futura Ley otros aspectos como la aplicación de un régimen específico de incompatibilidades para los policías en segunda actividad sin destino, o tener como información reservada aquella que forme parte del expediente de los agentes.
Otros de los principales puntos sobre los que se logró el acuerdo es el de considerar como falta disciplinaria contravenir gravemente las normativas de riegos laborales poniendo en riesgo la vida de compañeros o subordinados. También se considera como falta disciplinaria la omisión de tramitar cualquier solicitud, reclamación o queja relacionada con el servicio. Sin embargo será en Comisión donde se decidirá si esta infracción finalmente se considera "leve" como defienden los socialistas o "grave" como propone el PP.
En cualquier caso, las fuentes consultadas destacaron el "alto nivel de entendimiento" mostrado durante las distintas reuniones en torno a este Proyecto de Ley y recordaron que ningún grupo presentó una enmienda a la totalidad del texto aprobado por Consejo de Ministros el pasado 2 de octubre. De hecho, de la veintena de enmiendas presentadas por el PP, el grupo socialista ha admitido más de la mitad a lo largo de las distintas ponencias, bien en sus propios términos o con transacciones que matizaban algún punto.
EL DÍA 17, APROBACIÓN DEFINITIVA
Para la Comisión de Interior, prevista para el próximo miércoles 17, los grupos han dejado abiertos a debate otros asuntos como la discusión acerca de que la condena por una falta penal implique una falta disciplinaria leve y no grave como propone el Gobierno. También se pretende que haya un límite de seis meses para la devolución de haberes cuando una sentencia judicial implique una suspensión de empleo y sueldo.
Estas discusiones comenzaron después de que el pasado 3 de diciembre PP, PSOE e IU-ERC-ICV se mostrasen dispuestos a aceptar las enmiendas al Proyecto de Ley Orgánica presentadas por los sindicatos policiales en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados. SUP, CEP, SPP y UFP solicitaron modificar la tipificación de algunas sanciones así como la inclusión de nuevas faltas.
El desprendimiento de cascotes, la aparición de goteras en días de lluvia y la proliferación de roedores es la tónica habitual de los últimos años en este vestusto cuartel de Valencia.
Los policías aspirantes a formar parte de los conocidos “antidisturbios” reciben cursos de formación muy exigentes en los que aprenden a disolver concentraciones violentas.
Se crearon por Real Decreto 1668/1989 de 29 de diciembre como Órganos móviles de Seguridad Pública. Hay once unidades con ámbito territorial preferente en su zona de actuación y una Unidad Central de Intervención con base en Madrid y ámbito nacional.
Estas Unidades acumulan una dilatada experiencia en el cumplimento de las misiones señaladas en el Real Decreto, habiendo participado en todos los grandes acontecimientos ocurridos en España en los últimos tiempos (Olimpiadas Barcelona 92, Exposición Universal de Sevilla 92, Presidencia española de la Unión Europea, Cumbre de Jefes de Estado, Visitas de SS el Papa y otras altas personalidades, etc).
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